Micelio

Artículo 20

Derechos Y Bienes Excluidos De La Venta Y Documentación Histórica

Decreto 1515 de 2010 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público posee en la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP Empresa de Servicios Públicos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derechos y bienes excluidos de la venta y documentación histórica . De conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 226 de 1995, los derechos que EBSA posee sobre fundaciones, obras de arte y bienes relacionados con el patrimonio histórico y cultural, están excluidos de la venta. Los anteriores derechos y bienes serán transferidos por EBSA a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo establecido en el Decreto 4649 de 2006 o al Ministerio de Cultura en el evento en que hayan sido declarados bienes de interés cultural, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto 088 de 2008. La documentación histórica de EBSA deberá ser transferida al Ministerio de Minas y Energía de conformidad con lo establecido en el

Parágrafo

del artículo 20 de la Ley 594 de 2000.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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