Micelio

Artículo 4

Decreto 1660 de 2002 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones de la Subdirección de Crédito . Son funciones de la Subdirección de Crédito las siguientes

1.

Manejar las relaciones con la Banca Multilateral y Bilateral en lo relacionado con programación de operaciones y negociación de créditos.

2.

Hacer seguimiento a las operaciones financiadas con la Banca Multilateral y Bilateral en lo relacionad o con contratación y desembolsos.

3.

Realizar análisis financiero y emitir conceptos de crédito público y operaciones asimiladas.

4.

Compatibilizar las programaciones de crédito externo con la programación presupuestal y de caja.

5.

Analizar, desde el punto de vista financiero, las operaciones de endeudamiento o asimiladas y emitir conceptos de endeudamiento de acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993.

6.

Coordinar la elaboración de los documentos Conpes relacionados con crédito.

7.

Asesorar a las entidades en materia de fuentes de financiación y diseño de operaciones, y

8.

Elaborar, en coordinación con la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el programa de desembolsos de crédito externo.

9.

Emitir concepto para la aprobación o improbación, por parte del Departamento, de las operaciones de crédito interno y externo que proyecten celebrar la Nación o las entidades oficiales del orden nacional y del otorgamiento de garantías de la Nación y, cuando fuere el caso, preparar los documentos correspondientes para estudio y aprobación del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes.

10.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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