Serán principios, fines y enfoques de la presente ley
los siguientes:
Principios
Participación.
Autonomía y autodeterminación.
Igualdad de Oportunidades.
Sostenibilidad.
Progresividad y no regresividad.
Articulación, corresponsabilidad y coordinación interinstitucional.
Solidaridad.
Diversidad cultural.
Fines
Respeto de los saberes y los conocimientos tradicionales de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Reconocer y visibilizar los aportes de la mujer rural, campesina y de la pesca como agente transformadora en la economía familiar, la agricultura y economía nacional.
Reconocer, redistribuir y reducir la carga de trabajo doméstico y de cuidados no remunerados de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Promover el desarrollo rural eficaz, inclusivo, sostenible y resiliente.
Garantizar el acceso integral a recursos productivos y financie- ros para las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Promover la autonomía económica de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Fomentar alianzas sostenibles y sustentables con los sectores público y privado para inclusión financiera y productiva e ingreso a mercados nacionales e internacionales de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Reconocer, incluir y promover la labor de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca en el cuidado de los ecosistemas, la mitigación de los efectos del cambio climático y la transición energética.
Promover el trabajo digno y decente para las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Fortalecer el acceso al sistema de salud y seguridad social para garantizar el bienestar de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.
Fortalecer y garantizar la participación incidente de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca a través del diálogo social en instancias de decisión a nivel del Gobierno nacional, Departa- mental y Municipal.
Fortalecer, promover y proteger las organizaciones de mujeres rurales, campesinas y de la pesca implementando estrategias dirigidas a garantizar la protección de las vidas campesinas y de la pesca y sus dimensiones tales como territorial, productiva, organizativa y cultural.
Garantizar la igualdad de trato y la eliminación de cualquier discriminación, directa o indirecta contra las mujeres rurales, campesinas y de la pesca en todas las esferas de la vida.
Invertir en bienes públicos, infraestructura, transferencias tecnológicas, acceso a la información inclusiva y transparente, y servicios sociales integrales dirigidos a mujeres rurales, campesinas y de la pesca, de acuerdo con las reglamentaciones que deben ser adelantadas para cada asignación de recursos propuesto en esta ley.
Fortalecer la generación y el acceso a la información estadística e indicadores específicos y diferenciales de mujer rural, campesina y de la pesca.
Fortalecer la prevención y atención de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca víctimas de violencia basadas en género.
Enfoques
Enfoque territorial.
Enfoque de equidad para la mujer.
Enfoque de derechos humanos de las mujeres rurales.
Enfoque Interseccional y diferencial