Micelio

Artículo 49

Si El Proyecto De Presupuesto No Fuere Aprobado Por El Congreso Antes De La Media Noche Del 10 De Diciembre Del Respectivo Año, Continuará Vigente El Presupuesto Del Año Anterior

Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el proyecto de Presupuesto no fuere aprobado por el Congreso antes de la media noche del 10 de diciembre del respectivo año, continuará vigente el Presupuesto del año anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 164 de 1950