° DEL CAMPO DE APLICACION. Las normas del presente Decreto se aplican a los empleados públicos que presten sus servicios en los establecimientos públicos y en las empresas industriales y comerciales del Estado, adscritos o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, con excepción de aquellos que en materia disciplinaria se encuentren regulados por leyes especiales.
El régimen disciplinario de los trabajadores oficiales de las entidades antes mencionadas, se regirá por los respectivos reglamentos internos de trabajo.