Micelio

Artículo 4

Decreto 2184 de 1967 · por el cual se modifican las vacaciones intermediasen el período escolar de 1968, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto El Ministerio de Educación podrá modificar la iniciación y terminación de los períodos lectivos o establecer recesos en el transcurso de los mismos, para atenderá situaciones excepcionales que lo requieran, siempre que no se disminuya el número total de días de clase establecido por el Decreto número 1816 de 1967.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2184 de 1967