Micelio

Artículo 13

Funciones De Las Instancias Territoriales Para La Reacción Rápida

Decreto 2124 de 2017 · por el cual se reglamenta el sistema de prevención y alerta para la reacción rápida a la presencia, acciones y/o actividades de las organizaciones, hechos y conductas criminales que pongan en riesgo los derechos de la población y la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

FUNCIONES DE LAS INSTANCIAS TERRITORIALES PARA LA REACCIÓN RÁPIDA . LAS instancias territoriales para la Reacción Rápida tendrán las siguientes funciones

1.

Coordinar con la instancia nacional Ciprat lo relacionado con la respuesta rápida.

2.

Evaluar el impacto de las medidas adoptadas.

3.

Recopilar información institucional y comunitaria para analizar la situación de riesgo advertida.

4.

Impulsar las medidas necesarias de reacción rápida para prevenir las violaciones a los derechos a la vida, libertad, integridad y seguridad personal e infracciones a las normas del Derecho Internacional Humanitario de las poblaciones mencionadas en este decreto, de conformidad con los riesgos advertidos por el Sistema de Alertas tempranas.

5.

Además de las anteriores funciones, tendrá las mismas funciones de la Ciprat que les sean compatibles, las que desarrollará con enfoque territorial y los demás enfo­ques establecidos en este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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