° Fijanse los cómputos líquidos del presupuesto de rentas de la Comisaría para la vigencia fiscal del 1° de abril de 1944 al 31 de marzo de 1945, en la suma de setenta y siete mil setecientos noventa pesos con veintidós centavos ($ 77.790.22) moneda legal, de acuerdo con el siguiente pormenor : CAPITULO I Rentas ordinarias. Impuestos: Consumo de licores$1.600.00Servicios:Transportes1.200.00Radio comisarial750.00Ingresos varios250.00Suman las rentas ordinarias$3.800.00 CAPITULO II Rentas extraordinarias. Auxilio del Ministerio de Gobierno para. gastos de administración$48.270.00Auxilio del Ministerio de Educación para atender a la función educativa que la Misión monfortiana realiza en Papurí$6.000.00Aporte del Ministerio de Educación para el sostenimiento de los Restaurantes Escolares3.500.009.500.00Aporte del Ministerio de Correos para el sostenimiento de sus servicios en el Vaupés en 1944-45$8.040.00Cupo del Fondo de Fomento Municipal para la planta eléctrica y alcantarillado en el año de 1944-19453.527.45Cupo del Fondo de Fomento Municipal para construcciones escolares en el año de 1944-1945881.864.409.31Saldo del cupo de 1943 del Fondo de Fomento Municipal para construcciones escolares en Mitú754.18Saldo del cupo de 1943 del Fondo de Fomento Municipal para la construcción del hospital en Mitú3.016.733.770.91Total del presupuesto de rentas$77.790.22
Decreto 777 de 1944 →Vigente
Artículo 1
Fijanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto De Rentas De La Comisaría Para La Vigencia Fiscal Del 1° De Abril De 1944 Al 31 De Marzo De 1945, En La Suma De Setenta Y Siete Mil Setecientos Noventa Pesos Con Veintidós Centavos ($ 77
Decreto 777 de 1944 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 11, sobre liquidación del presupuesto por el Consejo Comisarial del Vaupés, sobre liquidación del presupuesto de rentas y gastos para la vigencia de 1944-1945
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.