Micelio

Artículo 1

Quedan Sometidos Al Régimen De Control Directo De Precios, Los Medicamentos Esenciales Producidos En Condiciones No Competitivas, Los De La Canasta Hospitalaria Y Aquellos Considerados Como Medicamentos Críticos

Decreto 2877 de 1990 · por el cual se establece la metodología para la fijación de los precios de los medicamentos sometidos al régimen de control directo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Quedan sometidos al régimen de control directo de precios, los medicamentos esenciales producidos en condiciones no competitivas, los de la canasta hospitalaria y aquellos considerados como medicamentos críticos.

Parágrafo

La definición de los medicamentos esenciales, los que conforman la canasta hospitalaria y aquellos considerados como críticos corresponde al Ministerio de Salud y al Ministerio de Desarrollo Económico el criterio de competitividad para los medicamentos esenciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2877 de 1990