Micelio

Artículo 18

El Subdirector De Servicios Y Gestión De Empleo, Es Competente Para: 1

Decreto 1741 de 1993 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 18. El Subdirector de Servicios y Gestión de Empleo, es competente para

1.

Otorgar, suspender y cancelar las autorizaciones para el funcionamiento de los servicios de intermediación laboral y empresas de servicios temporales. (Artículos 82, 92 y 96 de la Ley 50 de 1990).

2.

Efectuar el depósito de las pólizas que deben prestar las empresas de servicios temporales y hacerlas efectivas, cuando fuere el caso, conforme al numeral 5 del artículo 83 de la Ley 50 de 1990.

3.

Llevar las estadísticas que exige la ley a las empresas de servicios temporales y los servicios de intermediación laboral, públicos y privados. (Artículo 88 Ley 50 de 1990).

4.

Ejercer las atribuciones señaladas en el artículo 21 del Decreto 2145 de 1992.

5.

Las demás que le sean asignadas por ley, decreto o reglamento. División de Migraciones Laborales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1741 de 1993