º . Requisitos para la autorización de los incentivos. Las entidades concedentes del Juego de Apuestas Permanentes o Chance podrán autorizar incentivos a este juego en la respectiva jurisdicción territorial, mediante acto administrativo motivado siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos
El concesionario demuestre la capacidad económica en términos de reservas para el pago de premios.
Los incentivos se otorguen a los apostadores por un período predeterminado, término que constará en el mismo acto de autorización.
El concesionario se encuentre a paz y salvo en el cumplimiento de la rentabilidad mínima por concepto de derechos de explotación de la respectiva concesión.
Los concesionarios del juego de apuestas permanentes deberán acreditar la constitución de una reserva para el pago de incentivos en las condiciones previstas en el inciso primero del numeral 3 del artículo 4º de la Resolución número 01270 de 2003 del Ministerio de la Protección Social o la norma que la modifique o adicione. El valor de la reserva que deberá mantener el concesionario, durante toda la vigencia de la autorización, para el pago de incentivos será equivalente al ciento por ciento (100%) del valor del incentivo correspondiente al valor máximo de la apuesta en la modalidad de cuatro (4) cifras.