°. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del Comité de Importaciones, autorizará las solicitudes de licencia de importación para mercancías usadas clasificadas por la subpartida 8905.10.00.00, cuando se trate de dragas que se encuentren debidamente registradas o matriculadas ante una autoridad marítima reconocida por la Organización Marítima Internacional, y se demuestre a través de un contrato que las mismas se importan para su reparación o mantenimiento, o para ser utilizadas en proyectos de construcción o ampliación portuaria, de vías náuticas, de mantenimiento de dársenas o canales de acceso a terminales marítimos y fluviales, y en general para obras de ingeniería costera y oceánica.
Decreto 444 de 2013 →Vigente
Artículo 1
El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo, A Través Del Comité De Importaciones, Autorizará Las Solicitudes De Licencia De Importación Para Mercancías Usadas Clasificadas Por La Subpartida 8905
Decreto 444 de 2013 · por el cual se establecen disposiciones para regular la importación de mercancías usadas clasificada en la subpartida 8905.10.00.00 del Arancel de Aduanas, en el marco del artículo 3° del Decreto número 2261 de 2012.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.