Micelio

Artículo 4

O

Decreto 2109 de 1993 · Por el cual se regula la realización del XVI Censo Nacional de Población y V de Vivienda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4o. Los gobernadores y los alcaldes distritales y municipales, así como las autoridades indígenas deben atender los requerimientos de apoyo operativo que les hagan los delegados departamentales y municipales, para la cabal realización del XVI Censo Nacional de Población y V de Vivienda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2109 de 1993