Micelio

Artículo 27

Preparación Del Proyecto De Presupuesto Del Sistema General De Regalías

Decreto 1077 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1530 de 2012 en materia presupuestal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Preparación del Proyecto de presupuesto del Sistema General de Regalías. En concordancia con el Plan de Recursos y la priorización adelantada por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público elaborará el Proyecto de Presupuesto del Sistema General de Regalías. El proyecto a que hace referencia el inciso anterior será presentado a la Comisión Rectora a más tardar el 15 de septiembre del año en que se esté programando el presupuesto bienal del Sistema, quien emitirá concepto del mismo a más tardar el 25 de septiembre de dicho año. Con posterioridad a la emisión de concepto por parte de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, procederá a adelantar los ajustes que considere pertinentes para la presentación definitiva del Proyecto de Ley de Presupuesto al Congreso de la República, en los términos de la Ley número 1530 de 2012.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1077 de 2012