Por el término de un año la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia se dividirá en dos secciones de tres magistrados cada una, que actuarán independientemente salvo en el caso de que se notifique una jurisprudencla consagrada, o que se trate de crear jurisprudencia nueva para lo cual decidirán conjuntamente.
Ley 16 de 1969 →Vigente
Artículo 21
Ley 16 de 1969 · "por la cual se introducen unas modificaciones a la Ley 16 de 1968 y a los Códigos Penal y de Procedimiento Penal y se divide temporalmente la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en dos secciones".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.