Micelio

Artículo 2

° Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Correos Y Telegrafos Capitulo 57 Material Y Gastos Varios

Decreto 1105 de 1937 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS CAPITULO 57 Material y gastos varios. Del artículo 332. Para conducción de correos nacionales por contrato o por administración y para transportes y acarreos del ramo Postal $ 10,000.00 Del artículo 342. Para pagar a la Marconi´s Wireless Telepraph Co. Ltd., a la All America Cables Inc. y a las compañías de vapores marítimos, el valor del tráfico cablegráfico y radiotelegráfico de los mensajes oficiales que se transmitan por cuenta del Gobierno Nacional, y para pagar a las compañías de transportes aéreos la conducción de la correspondencia oficial, correspondientes a la actual vigencia y anteriores 10,000.00 Del artículo 344. Para pagar los gastos de tránsito de correspondencia colombiana en el Exterior y gastos de sostenimiento de las oficinas internacionales de las Américas y España (Montevideo), Unión Postal Universal, Unión Telegráfica y Radiotelegráfica (Berna), correspondientes a vigencias expiradas 25,000.00 CAPITULO 56 Ministerio-Personal y material. Al artículo 327. Para sueldos del personal del Ministerio, y en general del personal dependiente de éste, incluyendo el de las nuevas oficinas que deban crearse 16,000.00 Al artículo 329. Para muebles, útiles de escritorio y demás gastos de las oficinas del Ministerio 4,000.00 CAPITULO 57 Material y gastos varios. Al artículo 336. Para sostenimiento, reparaciones y demás gastos de las estaciones radiotelegráficas y rediotelefónicas 25,000.00 Sumas iguales $ 45,000.00 45,000.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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