Micelio

Artículo 2.3.2.4.8

Comisión Intersectorial

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisión intersectorial:Créase la Comisión Intersectorial Nacional de la Participación Ciudadana y Electoral, integrada por las cabezas de sector administrativo de las entidades del orden nacional del Interior, Función Pública, Planeación, Presidencia de la República y Hacienda y Crédito Público, en virtud del principio de coordinación y colaboración armónica, cuya función principal es actualizar, compilar y monitorear información relacionada con la implementación de la Política Pública de Participación Ciudadana y Electoral y articular la oferta institucional relacionada, generando insumos que faciliten al Consejo Nacional de Participación Ciudadana cumplir con lo dispuesto en el artículo 77 de la Le y 1757 de 2015.Parágrafo. La coordinación de la Comisión Intersectorial estará a cargo del Ministerio del Interior con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación quien ejercerá la secretaria técnica. El periodo de sesiones, delegación, quórum y demás aspectos necesarios para el funcionamiento se definirán en el reglamento interno que se expida; la financiación de las funciones asignadas a la Comisión se desarrollará con cargo a los recursos de las entidades que la conforman, según el presupuesto asignado para cada vigencia fiscal.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.3.2.4.8. Implementación. Corresponde al Ministerio del Interior con apoyo del Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Administrativo de la Función Pública y demás entidades del orden nacional con concurrencia de las entidades territoriales, implementar las acciones tendientes a la ejecución de la Política Pública de Participación Ciudadana. Esta implementación se ejecuta a partir del desarrollo de acciones integrales que permitan la apropiación, conocimiento y aplicación por parte de la ciudadanía de los diferentes mecanismos, formas, canales, instancias, espacios e instrumentos de participación ciudadana.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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