Micelio

Artículo 2.3.2.4.8

Comisión Intersectorial

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisión intersectorial:Créase la Comisión Intersectorial Nacional de la Participación Ciudadana y Electoral, integrada por las cabezas de sector administrativo de las entidades del orden nacional del Interior, Función Pública, Planeación, Presidencia de la República y Hacienda y Crédito Público, en virtud del principio de coordinación y colaboración armónica, cuya función principal es actualizar, compilar y monitorear información relacionada con la implementación de la Política Pública de Participación Ciudadana y Electoral y articular la oferta institucional relacionada, generando insumos que faciliten al Consejo Nacional de Participación Ciudadana cumplir con lo dispuesto en el artículo 77 de la Le y 1757 de 2015.Parágrafo. La coordinación de la Comisión Intersectorial estará a cargo del Ministerio del Interior con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación quien ejercerá la secretaria técnica. El periodo de sesiones, delegación, quórum y demás aspectos necesarios para el funcionamiento se definirán en el reglamento interno que se expida; la financiación de las funciones asignadas a la Comisión se desarrollará con cargo a los recursos de las entidades que la conforman, según el presupuesto asignado para cada vigencia fiscal.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.3.2.4.8. Implementación. Corresponde al Ministerio del Interior con apoyo del Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Administrativo de la Función Pública y demás entidades del orden nacional con concurrencia de las entidades territoriales, implementar las acciones tendientes a la ejecución de la Política Pública de Participación Ciudadana. Esta implementación se ejecuta a partir del desarrollo de acciones integrales que permitan la apropiación, conocimiento y aplicación por parte de la ciudadanía de los diferentes mecanismos, formas, canales, instancias, espacios e instrumentos de participación ciudadana.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015