Micelio

Artículo 27

Decreto 2200 de 1987 · por el cual se regula el Régimen Especial de Administración de Personal y de Carrera Administrativa para los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Denominase ascenso el movimiento de que es objeto un funcionario cuando pasa a desempeñar un empleo de mayor jerarquía que se encuentre vacante y para el cual se tiene establecida una asignación superior, con cambio de funciones. En caso de ascenso, el empleado pasa al sueldo inmediatamente superior del grupo que le corresponda según el caso, más una categoría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2200 de 1987