Micelio

Artículo 2

Como Requisitos Previos Indispensables Para La Entrega Al Municipio De Los Fondos De Que Trata El Artículo Anterior, El Tesorero Municipal Deberá Otorgar Fianza A Satisfacción De La Contralorea General De La República, Y La Partida Correspondiente Deberá Incorporarse En El Presupuesto De Bolívar (Cauca), Enviando Copia Del Acuerdo Respectivo Al Ministerio De Obras Públicas

Decreto 2177 de 1943 · Por el cual se reglamenta la inversión de una partida apropiada en el Presupuesto vigente con destino a los estudios y proyectos de las obras de reconstrucción de la ciudad de Bolívar en el Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Como requisitos previos indispensables para la entrega al Municipio de los fondos de que trata el artículo anterior, el Tesorero Municipal deberá otorgar fianza a satisfacción de la Contralorea General de la República, y la partida correspondiente deberá incorporarse en el presupuesto de Bolívar (Cauca), enviando copia del acuerdo respectivo al Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2177 de 1943