Micelio

Artículo 6

En Todos Los Procesos A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores La Segunda Instancia Y Los Recursos Extraordinarios De Casación Y Revisión Se Tramitarán Ante El Tribunal Superior Militar Y Ante La Corte Militar De Casación Y Revisión, Respectivamente

Decreto 1426 de 1954 · Por el cual se establecen unas normas de Justicia Penal Militar en relación con los miembros de las Fuerzas de Policía

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 6º. En todos los procesos a que se refieren los artículos anteriores la segunda instancia y los recursos extraordinarios de Casación y Revisión se tramitarán ante el Tribunal Superior Militar y ante la Corte Militar de Casación y Revisión, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1426 de 1954