Micelio

Artículo 21

Para Tomar Posesión Deberán Presentarse Los Siguientes Documentos: A) Cédula De Ciudadanía A De Extranjería, Y Para Los Menores De Edad, Tarjeta De Identidad

Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para tomar posesión deberán presentarse los siguientes documentos

a)

Cédula de ciudadanía a de extranjería, y para los menores de edad, tarjeta de identidad.

b)

Certificado de encontrarse a paz y salvo con el Tesoro Nacional.

c)

Certificado judicial. d). Documento que acredite tener definida la situación militar, en los casos en que haya lugar. e) Certificado médico de aptitud física y mental expedido por la Caja de Previsión de la Universidad Nacional o por el oigan sino asistencial a cuyo cargo esté la seguridad social de los funcionarios de la entidad. f) Documento que acredite la constitución de fianza, cuando sea el caso, debidamente aprobado. g) Estampillas de timbre nacional conforme a la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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