Art. 6.° El Superintendente visitará las líneas del Noroeste, Sur y occidente; y el Sr. Liquidador de Cuentas las del Norte, Atlántico y Pacífico. Dado en Anapoima, a once de Julio de mil ochocientos ochenta y ocho. RAFAÉL NUÑEZ. El Ministro de Gobierno, Carlos Holguín.
Decreto 591 de 1888 →Vigente
Artículo 6
Decreto 591 de 1888 · Por el cual se manda practicar una visita de inspección en las oficinas de correos de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.