Micelio

Artículo 6

Decreto 2387 de 2001 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 651 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las Funciones del administrador del Patrimonio Autónomo . Serán funciones del administrador del Patrimonio Autónomo, además de las establecidas en la ley, las siguientes: Transferir a Caprecom los recursos necesarios para realizar los pagos previstos en el artículo 2º de este decreto. 2. Invertir los recursos del fondo en la forma prevista en el artículo 8º del presente decreto, en el contrato de administración y en las demás disposiciones aplicables; y 3. Las demás que se le asignen en el contrato de administración.

Parágrafo

La primera transferencia de recursos que deba realizar el patrimonio de acuerdo con el numeral 1º del presente artículo deberá incluir el valor necesario para constituir una reserva equivalente a un (1) mes de pago de mesadas pensionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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