Para fomentar la navegación por vapor del río Cesar, en el Departamento del Magdalena, destínase la suma de $ 2,500 anuales, desde la próxima vigencia económica, y se autoriza al Poder Ejecutivo para que en licitación pública adjudique el contrato a quien mayores seguridades y ventajas ofrezca para establecer esa navegación por vapor, periódicamente y de un modo regular.
Ley 97 de 1912 →Vigente
Artículo 1
Ley 97 de 1912 · Por la cual se reforma el artículo 17 de la Ley 30 de 1890
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.