La información y documentación mínimas indispensables para que las EMAR autoricen el desarrollo de la primera etapa de un plan de cumplimiento comprenden
Nombre o razón social de los interesados;
Ubicación de los vertimientos;
Número de puntos de vertimiento de los residuos líquidos;
Sistemas de control existentes, su ubicación y eficiencia de diseño;
Procesos de producción, Flujograma adjunto con sus puntos de vertimiento;
Producción actual, proyectos de expansión y proyecciones de producción a cinco (5.) años;
Materias primas y otros suministros utilizados;
Cuerpos receptores de los vertimientos;
Concesiones otorgadas o identificación de la cuenta en el acueducto correspondiente.
Cuando quiera que en desarrollo del presente artículo las EMAR o el Ministerio de Salud deban conocer los procesos de producci ón de una empresa, tomarán las medidas indispensables para que se mantenga el carácter confidencial de la informació n suministrada.