Micelio

Artículo 6

Modifícanse Las Siguientes Asignaciones: Leticia (Amazonas), Con Retroactividad Al 1 ° De Febrero: Jefe Mixta $ 200

Decreto 658 de 1937 · Por el cual se crean unas plazas, se modifican algunas asignaciones, se crean unas oficinas y se hacen unos nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modifícanse las siguientes asignaciones: Leticia (Amazonas), con retroactividad al 1 ° de febrero: Jefe Mixta $ 200.00 Barranquilla (Atlántico), a partir del 15 de marzo: Jefe Capital 200.00 Bucaramanga (Santander), con retroactividad al 1° de febrero: Jefe Capital 160.00 Bogotá (Cundinamarca), con retroactividad al 1° de marzo: Ayudante Internacional, Departamento de Explotación Postal 130.00 Agua de Dios Int. (Cundinamarca), con retroactividad al 1° de marzo: Ayudante de 1a Oficina Telegráfica. 50.00 Pore (Boyacá), con retroactividad al l° de febrero: . Guarda 45.00 A partir del 1° de abril las siguientes: Chámeza (Boyacá). Agente de Correos 20.00 Jenesano (Boyacá). Telegrafista Administrador 40.00 Miraflores (Boyacá). Telegrafista Administrador 50.00 Nunchía (Boyacá). Telegrafista Administrador 70.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento de este Decreto se imputará al capítulo 56, artículo 327, del Presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 658 de 1937