Artículo primero . Créanse los siguientes cargos en la División Nacional de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Ganadería, de que trata el artículo 12 del Decreto; 1093 de 23 de marzo de 1948. En el inciso b). Sección de Higiene y Sanidad Animal . Aparte I), Sanidad Portuaria. Veterinario Inspector en Santa Marta, con una asignación mensual de $ 400.00 Aparte II), Campañas Especiales. Ordinal 4º. Hematuria y Carencias . Veterinario Jefe, con una asignación de 480.00 Ordinal 5º Mastitis y Organos Genitales . Veterinario Jefe, con una asignación de 480.00 Ordinal 7º Tripanosomiasis : Veterinario Jefe, con una asignación de 480.00 Ordinal 9º, Verminosis . Veterinario Jefe, con una asignación de 480.00 En el inciso c), Sección de Zootecnia . Veterinario Jefe de la Comisión de Ovinos y Lanas, con una asignación de 550.00 Estenógrafa con la asignación de 180.00 Ordinal 8º que se denominará Estación Pecuaria de "traca", San Martin (Meta); Veterinario Director, con asignación, de 450.00 Contador, Pagador, Almacenista, con 300.00 En el inciso f), Sección de Divulgación Oficial de Publicaciones 320.00
Decreto 1809 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Del Decreto; 1093 De 23 De Marzo De 1948
Decreto 1809 de 1949 · por el cual se crean unos cargos en la División de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y de modifica en parte el Decreto 1093 de 1949.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.