Micelio

Artículo 32

El Personal Asistencial, Docente, Técnico O Administrativo Y Especial De Internos Y Residentes, Podrá Ser Destinado En Comisión A Otras Instituciones Ya Sea Para Trabajo En Dichas Entidades O Para Adelantar Cursos Especiales O Programas De Inves­tigación

Decreto 1494 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar Central

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal asistencial, docente, técnico o administrativo y especial de internos y residentes, podrá ser destinado en comisión a otras instituciones ya sea para trabajo en dichas entidades o para adelantar cursos especiales o programas de inves­tigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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