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Artículo 2.3.2.1.3

Acciones De Las Entidades Territoriales Con Respecto De Los Establecimientos Educativos

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acciones de las entidades territoriales con respecto de los establecimientos educativos. Las entidades territoriales certificadas en educación garantizarán que en la incorporación de la educación vial los establecimientos educativos realicen las siguientes acciones:

a)

Conformar al inicio del año escolar, mesas de trabajo al interior de los establecimientos educativos en las que participen estudiantes, docentes, directivos, administrativos y padres de familia.

b)

Diseñar, implementar y ajustar periódicamente las propuestas curriculares que contribuyan al fomento de competencias básicas y ciudadanas y aporten a la educación vial en todas las áreas, asignaturas, proyectos, actividades en el tiempo libre, extracurriculares, el aula e instancias de participación.

c)

Establecer claramente en el PEI la promoción de las competencias básicas y ciudadanas para contribuir a la educación vial.

d)

Incorporar el eje de educación vial a sus proyectos pedagógicos de acuerdo con las orientaciones dadas por la entidad territorial certificada en educación, de conformidad con los lineamientos definidos por la Ley 1503 de 2011.

e)

Propender por el uso de material pedagógico (físico, audiovisual, tecnológico e interactivo), para el desarrollo de las acciones formativas en materia de educación vial en el marco de los proyectos pedagógicos que implementen.

f)

Evaluar y hacer seguimiento al desarrollo del eje de educación vial incorporado en los proyectos pedagógicos a partir de los referentes de calidad que estén vigentes. Para ello, los establecimientos educativos deben presentar informes de evaluación y seguimiento a la entidad territorial certificada en educación que servirán de insumo para que estas a su vez incorporen los resultados a su informe de evaluación.

g)

Presentar informes a las entidades territoriales certificadas en educación sobre la manera como incorporen el eje de educación vial en los proyectos pedagógicos.

(Decreto 2851 de 2013, artículo 5°).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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