º. La suma que cada estudiante con derecho a usar los tiquetes del Servicio Estudiantil de Transporte debe pagar en efectivo es la correspondiente a la diferencia entre la tarifa autorizada y el valor del tiquete.
Decreto 188 de 1969 →Vigente
Artículo 3
La Suma Que Cada Estudiante Con Derecho A Usar Los Tiquetes Del Servicio Estudiantil De Transporte Debe Pagar En Efectivo Es La Correspondiente A La Diferencia Entre La Tarifa Autorizada Y El Valor Del Tiquete
Decreto 188 de 1969 · Por el cual se aclara y complementa el Decreto 008 de 1969
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.