Micelio

Artículo 17

Composición Y Reuniones De La Junta Ejecutiva 1

Decreto 2061 de 1999 · por el cual se promulgan unos tratados internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Composición y reuniones de la Junta Ejecutiva

1.

La Junta Ejecutiva se compondrá de ocho Miembros exportadores y ocho Miembros importadores, elegidos para cada año cafetero de conformidad con las disposiciones del artículo 18. Los Miembros representados en la Junta Ejecutiva podrán ser reelegidos.

2.

Cada uno de los Miembros representados en la Junta Ejecutiva designará un representante y, si así lo deseare, uno o más suplentes. Cada Miembro representado en la Junta Ejecutiva podrá, además, designar uno o más asesores de su representante o suplentes.

3.

La Junta Ejecutiva tendrá un Presidente y un Vicepresidente, elegidos por el Consejo para cada año cafetero y que podrán ser reelegidos. Los titulares de esos cargos no serán remunerados por la Organización. El Presidente no tendrá derecho a voto en las reuniones de la Junta Ejecutiva, como tampoco lo tendrá el Vicepresidente cuando desempeñe las funciones de Presidente. En esos casos ejercerán los derechos de voto del Miembro los correspondientes suplentes. Por regla general, el Presidente y el Vicepresidente para cada año cafetero serán elegidos entre los representantes del mismo sector de Miembros.

4.

La Junta Ejecutiva se reunirá por regla general en la sede de la Organización, pero podrá reunirse en cualquier otro lugar si el Consejo así lo decide por mayoría distribuida de dos tercios. En caso de que el Consejo acepte la invitación de un Miembro para celebrar en el territorio de éste una serie de reuniones de la Junta Ejecutiva, serán de aplicación también las disposiciones del ordinal 2 del Artículo 12 acerca de los períodos de sesiones del Consejo.

5.

El quórum necesario para una reunión de la Junta Ejecutiva lo constituirá la presencia de más de la mitad del número de Miembros exportadores que representen por lo menos dos tercios de los votos de la totalidad de los Miembros exportadores elegidos para integrar la Junta Ejecutiva, y de más de la mitad del número de Miembros importadores que representen por lo menos dos tercios de los votos de la totalidad de los Miembros importadores elegidos para integrar la Junta Ejecutiva. Si a la hora fijada para iniciar una reunión de la Junta Ejecutiva no hubiere quórum, el Presidente aplazará el comienzo de la reunión por tres horas como mínimo. Si tampoco hubiere quórum a la nueva hora fijada, el Presidente podrá aplazar otra vez el comienzo de la reunión por otras tres horas como mínimo. Si tampoco hubiere quórum al final de ese nuevo aplazamiento, el quórum para iniciar la reunión estará constituido por la presencia de más de la mitad del número de Miembros exportadores que representen por lo menos la mitad de la totalidad de los votos de los Miembros exportadores elegidos para integrar la Junta Ejecutiva, y de más de la mitad del número de Miembros importadores que representen por lo menos la mitad de los votos de la totalidad de los Miembros importadores elegidos para integrar la Junta Ejecutiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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