Micelio

Artículo 2.5.2.3.5

Remuneración Como Profesor Titulado

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Remuneración como Profesor Titulado. Los profesores a los cuales les sea otorgada la categoría como profesor titulado, les serán reconocidos máximo veinticuatro (24) horas al mes, las cuales tendrán como máximo de remuneración el 100% de un salario mínimo legal mensual vigente, o el valor proporcional de acuerdo con las clases dictadas.

Parágrafo

Las personas a las que no les haya sido otorgada la calidad de profesor policial no tendrán derecho a la remuneración fijada en el presente Título.

(Decreto 003 de 2005 artículo 12)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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