Este Decreto regirá desde la fecha de su firma y sus disposiciones solo entarán vigentes hasta el 31 de julio próximo, menos en lo que se relaciona a la partida que debe liquidarse para gastos de personal y material, la cual se destina para el servicio del año fiscal en curso. Comuníquese y publíquese.
Decreto 849 de 1922 →Vigente
Artículo 14
Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Firma Y Sus Disposiciones Solo Entarán Vigentes Hasta El 31 De Julio Próximo, Menos En Lo Que Se Relaciona A La Partida Que Debe Liquidarse Para Gastos De Personal Y Material, La Cual Se Destina Para El Servicio Del Año Fiscal En Curso
Decreto 849 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre administración de las salinas marítimas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.