Micelio

Artículo 30

Ley 68 de 1930 · POR LA CUAL SE AUTORIZA AL GOBIERNO PARA ADHERIR A LA CONVENCIÓN Y PROTOCOLO FIRMADOS EN LA II CONFERENCIA DEL OPIO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

" ARTICULO 30.

"Las partes contratantes se comunicarán mutuamente, por conducto del Secretario General de la Sociedad de las Naciones, si no lo hubieren hecho, sus leyes y reglamentos concernientes a las materias de que trata la presente Convención, lo mismo que las leyes y reglamentos que dictaren para ponerla en aplicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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