FUNCIONES. Son funciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, las siguientes:
1. Formular y ejecutar los planes y programas de gestión carcelaria y penitenciaria.
2. Ejercer la dirección, administración y control de los centros carcelarios y penitenciarios del orden nacional.
3. Vigilar y custodiar los centros carcelarios y penitenciarios del orden nacional.
4. Determinar sistemas de seguridad, vigilancia y control al interior y el exterior de los establecimientos de reclusión.
5. Establecer y llevar un control estadístico sobre el movimiento y traslado de internos de los establecimientos carcelarios y penitenciarios.
6. Establecer sistemas administrativos, técnicos y financieros, que garanticen el funcionamiento de los centros de reclusión.
7. Organizar y administrar el sistema nacional de información carcelaria y penitenciaria.
8. Adoptar, diseñar y ejecutar planes y programas de construcción, mejora, adecuación y consecución de obras que para el normal funcionamiento requiera el Instituto y los centros de reclusión.
9. Comprar, vender, permutar, dar o tomar en arrendamiento e hipotecar inmuebles que para el normal funcionamiento del Instituto y los centros de reclusión se requieran.
10. Adquirir y suministrar los equipos, útiles de oficina y demás enseres que requiera el Instituto y los centros de reclusión para su funcionamiento.
11. Adquirir y suministrar a los centros de reclusión los productos y elementos farmacéuticos, médicos y odontológicos que se requieran.
12. Autorizar y supervisar la actuación de terceros que desarrollen programas y actividades de resocialización de internos y post-penados.
13. Participar con otros organismos del Estado en investigaciones y estudios sobre el sistema penitenciario, encaminados a la formulación de políticas, planes y programas.
14. Formar, capacitar y adiestrar al personal administrativo y de custodia.
15. Organizar, reglamentar y administrar el Sistema de Carrera Penitenciaria, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
16. Diseñar programas de asistencia post-penitenciaria en colaboración con otras entidades públicas o privadas.
17. Imprimir, distribuir y comercializar el DIARIO OFICIAL y otras publicaciones.
18. Las demás funciones que le asigne la ley, los reglamentos y los estatutos.