Micelio

Artículo 84

La Exclusión Definitiva Del Servicio En Fila Por Invalidez O Incapacidad Absoluta, La Prescribirán Solamente Los Oficiales De Sanidad, Cuyo Dictamen Prevalecerá Sobre Cualquier Otro Certificado Médico

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La exclusión definitiva del servicio en fila por invalidez o incapacidad absoluta, la prescribirán solamente los Oficiales de Sanidad, cuyo dictamen prevalecerá sobre cualquier otro certificado médico. Sin embargo, cuando sean presentados dos certificados acordes expedidos por médicos graduados no oficiales y que se refieran a enfermedades de órganos de los sentidos u otras que exijan exámenes de laboratorio podrá determinarse lo conveniente de acuerdo con el Comandante del Distrito.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2200 de 1946