Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Para Las Entidades Posteriormente Deben Concederlas En Préstamo, Requerirán También De La Aprobación Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Dirección General De Crédito Público- Que La Concederá Por Resolución Ministerial, Previo Cumplimiento De Los Siguientes Requisitos: A) Solicitud De Autorización Debidamente Motivada Por Parte Del Beneficiario; B) Copia Autenticada De La Ordenanza, Acuerdo, Decreto O Resolución, Según El Caso, Que Autorice El Empréstito Y Su Garantía; C) Relación Y Estado De La Deuda Pública Y Valor De Su Servicio Anual, Y D) Concepto Favorable De La Entidad Que Conceda El Préstamo
Decreto 505 de 1974 · Por el cual se reglamenta el artículo 16 del Decreto-Ley número 294 de 1973
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional para las entidades posteriormente deben concederlas en préstamo, requerirán también de la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de Crédito Público- que la concederá por Resolución ministerial, previo cumplimiento de los siguientes requisitos
a)
Solicitud de autorización debidamente motivada por parte del beneficiario;
b)
Copia autenticada de la Ordenanza, Acuerdo, Decreto o Resolución, según el caso, que autorice el empréstito y su garantía;
c)
Relación y estado de la Deuda Pública y valor de su servicio anual, y
d)
Concepto favorable de la entidad que conceda el préstamo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.