La República deplora la pérdida del doctor José Manuel Pérez Sarmiento; reconoce los valiosos servicios que prestó a la Nación este ilustre colombiano; recomienda su memoria a sus conciudadanos, y a la juventud de Colombia la imitación de sus esfuerzos, consagrados por entero a la Patria en el ejercicio de las virtudes públicas y privadas que enaltecieron su meritoria vida.
Ley 42 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Ley 42 de 1948 · LEY 42 DE 1948, 16/11/1948, Por la cual se honra la memoria del doctor José Manuel Pérez Sarmiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.