Micelio

Artículo 7

Ley 30 de 1978 · por la cual se adoptan un plan y un programa de fomento a empresas útiles y benéficas de desarrollo regional, se decreta un gasto y se dictan normas relacionadas con el control y vigilancia de las correspondientes apropiaciones presupuestales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Ningún congresista, ni su cónyuge, ni sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, ni las sociedades, distintas de las anónimas con acciones inscritas en bolsa, en las que el congresista, su cónyuge o sus parientes dentro de los grados citados, tengan conjunta o separadamente el diez por ciento (10%) o más de su capital social, pueden recibir remuneración por ningún concepto, ni celebrar contratos con las entidades beneficiadas con las apropiaciones de que trata esta Ley, salvo que tales apropiaciones constituyan menos del cinco por ciento (5%) de los ingresos brutos de éstas durante el respectivo año.

Sin embargo, las citadas personas podrán otorgar donaciones a dichas entidades, siempre y cuando éstas no adquieran por tal razón gravámenes pecuniarios o contraprestación económica a favor del donante, de sus parientes dentro de los expresados grados, o de las sociedades en este artículo mencionadas.

La anterior prohibición se extiende por los dos años siguientes al vencimiento del período para el cual haya sido elegido el congresista o a la aceptación de su renuncia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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