Ley 41 de 1894 · que reforma el artículo 201 de la Constitución y el ordinal 4o del artículo 76 de la misma
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
deroga Artículo 76 CONSTITUCION POLITICA CP de 1886deroga Artículo 201 CONSTITUCION POLITICA CP de 1886
Artículo único Derógase el artículo 201 de la Constitución y el ordinal 4.° del artículo 76 de la misma; en consecuencia, el Departamento de Panamá quedará comprendido en la legislación general de la Republica.
En materia fiscal podrán dictarse disposiciones legislativas y ejecutivas especiales para el Departamento de Panamá.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.