Art. 1.° La pension que por la lei 23 de 16 de abril de 1877 se concedió a la viuda e hijos del finado Jeneral Secundino Álvarez M., se dividirá en lo sucesivo del modo siguiente: la viuda, señora Olimpia Sálas de Álvarez, gozará de una pensión mensual de cuarenta pesos de lei ($ 40); i los menores Secundino, Mercedes, Olimpia, Francisco, José de Jesús i Ana María Álvarez, hijos del mencionado Jeneral Álvarez M., gozarán cada uno de una pensión mensual de diez pesos ($ 10).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.