° . Características del subsidio. El subsidio de que trata el presente decreto tiene las siguientes características: Es un crédito personal no reembolsable, en tanto no se presente alguno de los casos referidos en el artículo 13 del presente decreto. Es equivalente entre el 5% y 10% del valor del subsidio para adjudicación de tierras, establecido en el artículo 20 de la Ley 160 de 1994. Se otorgará por una sola vez. Es intransferible, con excepción de aquellos casos que determine la Junta Directiva del Incora.
Decreto 1226 de 1997 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1226 de 1997 · por el cual se reglamenta el otorgamiento del subsidio establecido en el artículo 94 de la Ley 160 de 1994.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.