Micelio

Artículo 61

Ley 20 de 1975 · Por la cual se modifican y adicionan las normas orgánicas de la Contraloría General de la República, se fijan sistemas y directrices para el ejercicio del control fiscal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la Contraloría General de la República se establecerá una unidad de trabajo especial, encargada de establecer la existencia y representación legal de las entidades de carácter privado que reciban dineros o bienes de la Nación, para Acción Comunal o para fines sociales o culturales y de la fiscalización de su manejo. La Contraloría General de la República podrá delegar en las Contralorías Departamentales el control previo y perceptivo sobre el manejo de fondos y bienes nacionales entregados a las instituciones de utilidad común, juntas de acción comunal y agremiaciones particulares. El examen posterior de dichas cuentas no puede ser delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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