Micelio

Artículo 6

Estudiantes

Decreto 1791 de 2000 · por el cual se modifican las normas de carrera del Personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ESTUDIANTES . Te ndrán la calidad de estudiantes, quienes superen el proceso de selección, se matriculen, sean nombrados mediante acto administrativo por el Director de Educación Policial a solicitud del Director de la Escuela de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander, ingresen al programa académico de formación profesional policial e administración policial establecido por la Policía Nacional. Los estudiantes en proceso de formación profesional policial no hacen parte de Ia jerarquía policial. Igualmente, ostentarán la calidad de estudiantes únicamente para efectos académicos, quienes se encuentren adelantando programas de capacitación entrenamiento.

Parágrafo 1

Los estudiantes de la Escuela de Cadetes de Policía Genera Francisco de Paula Santander, en su primera etapa de formación profesional policial, se denominarán cadetes y en la segunda alféreces. Los de las demás Escuelas de Formación Profesional Policial, la de estudiante.

Parágrafo 2

La Policía Nacional a través del Consejo Superior de Educación Policial, previa propuesta del Director de Educación Policial, establecerá entre otras disposiciones: las referentes a las condiciones de permanencia y de retiro de los estudiantes, a través del Manual Académico.

Parágrafo 3

El Director General de la Policía Nacional, podrá realiza i convocatoria dirigida a los profesionales universitarios que aspiren ingresar al categoría de Oficiales, quienes adelantarán en su formación el programa: académico de especialización en servicio de policía que para tal efecto establezca la Policía Nacional y serán dados de alta como Subtenientes.

Parágrafo TRANSITORIO

También tendrán la calidad de estudiantes quienes a diciembre de 2021, se encuentren adelantando proceso de formación profesional para ser dados de alta como Subtenientes o Patrullero del Nivel Ejecutivo en las respectivas escuelas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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