Micelio

Artículo 20

Decreto 1407 de 1991 · por el cual se reglamenta el reconocimiento, suspensión y cancelación de personería jurídica a las funciones y corporaciones de carácter nacional, regional y local que desarrollen actividades relacionadas con las comunidades indígenas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro de libros. Ejecutoriada la resolución que reconozca la personería jurídica de la entidad, su representante legal presentará en la dependencia respectiva, los libros de asociados, de actas de la asamblea general y de actas de la junta directiva para su correspondiente registro. En el caso de las fundaciones se exigirá, además, el registro de los libros de contabilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1407 de 1991