º El Veedor del Tesoro, ejercerá directamente las siguientes funciones: 1º Rendir, al final de cada año, un informe sobre su gestión al Presidente de la República. 2º Nombrar y remover, libremente, al personal necesario para el cumplimiento de sus funciones. 3º Las demás que la ley o el reglamento le señale.
Decreto 2093 de 1991 →Vigente
Artículo 5
El Veedor Del Tesoro, Ejercerá Directamente Las Siguientes Funciones: 1º Rendir, Al Final De Cada Año, Un Informe Sobre Su Gestión Al Presidente De La República
Decreto 2093 de 1991 · por el cual se desarrolla el artículo 34 transitorio de la Constitución Política de Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.