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Artículo 1

Modificar El Programa De Desgravación Arancelaria Contenido En El Numeral 11 Del Artículo 1° Del Decreto Número 4388 De 2009, Para Las Subpartidas Que Se Relacionan A Continuación Y De La Siguiente Manera: 5

Decreto 1320 de 2019 · por el cual se modifican los Decretos números 4388 de 2009 y 4389 de 2009, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia con Guatemala en virtud del Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos de la República de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificar el programa de desgravación arancelaria contenido en el numeral 11 del artículo 1° del Decreto número 4388 de 2009, para las subpartidas que se relacionan a continuación y de la siguiente manera: 5. Subpartida arancelaria que Colombia acelera la desgravación a cero arancel de manera inmediata para Guatemala: Subpartida Arancelaria Descripción Año 1 4001.10.00.00 - Látex de caucho natural, incluso prevulcanizado 0,0% 6. Subpartidas arancelarias que Colombia incorpora al programa de des­gravación arancelaria con cero arancel de manera inmediata para Guate­mala: Subpartida Arancelaria Descripción Año 1 6307.90.20.00 - - Cinturones de seguridad 0,0% 6307.90.30.00 - - Mascarillas de protección 0,0% 6307.90.40.00 - - Eslingas de carga, incluso con accesorios de metal común 0,0% 6307.90.90.00 - - Los demás 0,0% 7. Subpartidas arancelarias que Colombia incorpora al programa de des­gravación arancelaria a cinco (5) años para Guatemala: Subpartida Arancelaria Descripción T asa base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 6301.30.00.00 - Mantas de algodón (excepto las eléctricas) 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6301.40.00.00 - Mantas de fibras sintéticas (excepto las eléc- tricas) 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6302.22.00.00 - - De fibras sintéticas o artificiales 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6302.32.00.00 - - De fibras sintéticas o artificiales 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6302.51.00.00 - - De algodón 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6302.53.00.00 - - De fibras sintéticas o artificiales 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6302.91.00.00 - - De algodón 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6302.99.90.00 --- Las demás 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6304.93.00.00 - - De fibras sintéticas, excepto de 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6305.20.00.00 - De algodón 10,0% 8,0% 6,0% 4,0% 2,0% 0,0% 6306.29.00.00 - - De las demás materias textiles 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6307.10.00.00 - Paños para fregar o lavar (bayetas, paños reji- lla), franelas y artículos similares para limpieza 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 6307.20.00.00 - Cinturones y chalecos salvavidas 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 8. Subpartida arancelaria que Colombia incorpora al programa de desgra­vación arancelaria a siete (7) años para Guatemala: Subpartida Arancelaria Descripción T asa base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 6305.39.00.00 - - Los demás 10,0% 8,6% 7,1% 5,7% 4,3% 2,9% 1,4% 0,0%

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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