Micelio

Artículo 135

Ley 488 de 1998 · por la cual se expiden normas en materia Tributaria y se dictan otras disposiciones fiscales de las Entidades Territoriales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

transitorio. Autorízase a las entidades territoriales por única vez a convertir los créditos de tesorería y sobregiros contratados con anterioridad a la vigencia de esta ley, en créditos de largo plazo, previa la adopción de un plan de desempeño. Esta autorización no suspende los efectos del artículo 15 de la Ley 358 de 1997.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la Dirección de Apoyo Fiscal evaluará, dará concepto previo obligatorio de conformidad y hará el seguimiento a los planes de desempeño suscritos por las entidades territoriales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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