Micelio

Artículo 10

Dirección General

Decreto 846 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del instituto Geografico Agustín Codazzi

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección General . Son funciones de la Dirección General, las siguientes

1.

Administrar y ejercer la representación legal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

2.

Adelantar la gestión necesaria que permita al Instituto ejercer como autoridad geográfica, geodésica, cartográfica, catastral y agrológica nacional.

3.

Definir conjuntamente con la Dirección de Regulación y Habilitación las normas en materia de gestión catastral, agrológica, cartográfica, geográfica y geodésica y garantizar su adecuado cumplimiento.

4.

Dirigir y orientar la expedición de normas para la habilitación de los gestores catastrales.

5.

Gestionar los recursos necesarios para garantizar la prestación del servicio como gestor catastral por excepción,

6.

Liderar la definición de lineamientos y requerimientos para la habilitación de los gestores catastrales.

7.

Establecer y mantener espacios de diálogo y de intercambio de información con la alta gerencia de las entidades nacionales que intervienen en la política de catastro multipropósito, con el fin de cumplir las metas de la política y garantizar la interoperabilidad de los sistemas de información.

8.

Desarrollar y velar por el cumplimiento de las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo, ejecutarlas y rendir los informes que le sean solicitados.

9.

Dirigir y coordinar la aplicación de los mecanismos que faciliten la participación ciudadana en la planeación del desarrollo institucional, la gestión administrativa y el control social de la gestión pública en el Instituto, y coordinar o elaborar los informes que se requieran para tal fin.

10.

Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y evaluar la ejecución y cumplimiento de los objetivos, políticas, planes, programas y proyectos inherentes al desarrollo del objeto del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

11.

Dirigir y coordinar la definición de condiciones técnicas, producción y disposición de los productos de información catastral, cartográfica, geográfica y agrológica a su cargo.

12.

Coordinar las iniciativas nacionales de las infraestructuras de datos espaciales, dentro del marco de la política nacional de información oficial.

13.

Impartir instrucciones de carácter general sobre aspectos referentes a la planeación, dirección, organización, supervisión, control, información y comunicación organizacional.

14.

Presentar para aprobación del Consejo Directivo, la política general y el plan estratégico del Instituto, el proyecto anual de presupuesto, los planes y programas que conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto se requieran para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo y las modificaciones de planta de personal y estructura.

15.

Proponer al Consejo Directivo, la formulación de la política de mejoramiento continuo del Instituto, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.

16.

Presentar al Consejo Directivo semestralmente las evaluaciones de ejecución, así como los informes de gestión y de resultados, adoptando las medidas correctivas que se requieran.

17.

Coordinar con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, las acciones relacionadas con los asuntos interinstitucionales.

18.

Fijar los precios que deban ser cobrados por los productos y servicios del Instituto y procurar el oportuno recaudo de los ingresos.

19.

Ejercer las facultades disciplinarias en los términos señalados en la ley que regula la materia y propugnar por la prevención y represión de la corrupción administrativa.

20.

Expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones y decidir sobre los recursos legales que se interpongan contra los mismos.

21.

Crear y organizar los comités, órganos de asesoría y coordinación, teniendo en cuenta la estructura, los planes y programas institucionales.

22.

Suscribir, en su carácter de representante legal, los actos y contratos que interesen al Instituto.

23.

Ejercer la facultad nominadora de los servidores públicos del Instituto y distribuir el personal, teniendo en cuenta la estructura, las necesidades de servicio y los planes y programas trazados por el Instituto.

24.

Adoptar los reglamentos, el manual específico de funciones y competencias laborales y el mapa de procesos, necesarios para el cumplimiento de sus funciones, vigilando su ejecución, así como la aplicación de los controles definidos.

25.

Constituir mandatarios y apoderados que la representen en los asuntos judiciales y demás aspectos de carácter litigioso del Instituto.

26.

Dirigir la implementación, mantener y mejorar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión al interior del Instituto.

27.

Dirigir las políticas de comunicaciones del Instituto.

28.

Liderar de manera conjunta con la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la implementación de metodologías orientadas a transformar digitalmente los procesos y operación del Instituto.

29.

Liderar la implementación de la política de gobierno digital.

30.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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