Micelio

Artículo 35

Decreto 1615 de 2003 · por el cual se suprime la Empresa Nacional de Telecomunicaciones – Telecom y se ordena su liquidación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Informe final de la liquidación. Una vez culminado el proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones - Telecom en liquidación, el Liquidador elaborará un informe final de liquidación que contendrá como mínimo los siguientes asuntos: 35.1 Administrativos y de gestión. 35.2 Laborales. 35.3 Operaciones comerciales y de mercadeo. 35.4 Financieros. 35.5 Jurídicos. 35.6 Manejo y conservación de los archivos y memoria institucional. 35.7 Bienes y obligaciones remanentes; y 35.8 Procesos en curso y estado en que se encuentren. El informe deberá ser presentado a la Junta Liquidadora y al Ministerio de Comunicaciones para la formulación de las objeciones pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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